OSHA 1910.178 establece que los vehículos industriales motorizados, incluyendo los montacargas o carretillas elevadoras industriales deben ser operados por personal competente para operar un vehículo industrial motorizado de manera segura, como lo demuestra la finalización exitosa de la capacitación y evaluación especificadas en dicha norma. Bajo las normas OSHA, una «persona competente» es alguien que tiene la capacidad de identificar peligros existentes y previsibles en el entorno laboral que pueden ser insalubres, peligrosos o riesgosos para los empleados. Además, esta persona tiene la autorización para tomar medidas correctivas inmediatas para eliminar estos peligros.
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